CGT ha firmado hoy, 22 de julio de 2026, el Acuerdo Colectivo de Salidas Anticipadas Voluntarias del Banco Santander. Las prejubilaciones Santander de este acuerdo no se articulan como un ERE ni se sostienen con dinero público: es la empresa la que asume íntegramente su coste. Es exactamente lo que veníamos reclamando desde 2013.
El acuerdo cambia la forma en que se sale del banco. Ya no es la dirección quien decide a golpe de expediente quién sobra. Quien tenga entre 55 y 63 años y al menos 15 de antigüedad puede pedir la salida en condiciones pactadas y garantizadas por acuerdo colectivo, y el banco también puede ofrecerla; en los dos casos, la otra parte puede decir que no. Nadie es despedido. La salida se instrumenta como una extinción por mutuo acuerdo, al amparo del artículo 49.1.a del Estatuto de los Trabajadores.
Detrás de ese detalle jurídico hay una diferencia política de fondo, y es la que más nos importa subrayar.
Prejubilaciones Santander 2026: el acuerdo en breve
- Quién: personas de 55 a 63 años cumplidos a 31 de diciembre del año de la salida, con al menos 15 años de antigüedad. Voluntario para las dos partes: la persona decide si sale y el banco si acepta.
- Cuánto, de 55 a 57 años: la cifra más alta entre el 74 % del salario bruto anual pensionable y el 67 % de ese salario más el 54 % del complemento voluntario personal (CVP).
- Cuánto, de 58 a 63 años: la más alta entre el 76 % y el 70 % más el 56 % del CVP.
- Hasta cuándo: hasta los 63 años y 6 meses, en doce pagos al año. Se puede alargar hasta los 64 repartiendo el mismo total.
- Cotización: el banco paga el convenio especial con la Seguridad Social durante todo el periodo.
- Además: se mantienen las aportaciones al plan de pensiones, el seguro de vida, los préstamos de empleado, la cuenta en condiciones AMSEC, las ayudas por discapacidad de quien ya las cobraba y el premio de fidelidad para quien cumpla 30 años de servicio durante el periodo.
- Vigencia: hasta el 31 de diciembre de 2028, con una Comisión de Seguimiento que se reunirá cada seis meses desde febrero de 2027.
Firmantes: CGT, CCOO, UGT, FITC, STS, CIG y ELA.
Una cuestión de justicia
Durante años, las grandes reestructuraciones bancarias se hicieron de dos maneras: con despidos forzosos y con salidas cuyo coste acababa, en buena parte, sobre lo público. Se recurría a la prestación por desempleo para sostener el puente hasta la jubilación, y aquellos procesos se acompañaban de un tratamiento fiscal con ventajas difíciles de justificar.
En la práctica, algunas de las empresas más rentables del país trasladaban a la sociedad una parte del coste de decisiones que tomaban en su propio beneficio. El Santander, a la cabeza: cerró 2025 con un beneficio récord de 14.101 millones de euros. Se socializaban los costes del ajuste mientras las ganancias seguían siendo privadas. Eso no era justo.
Conviene decir una cosa con toda claridad, porque importa: nada de esto es un reproche a las compañeras y compañeros que en su día se acogieron de manera voluntaria a aquellas salidas. Hicieron lo correcto para ellos y para sus familias, con las reglas que había sobre la mesa, y merecen todo el respeto. La responsabilidad nunca fue de quien salió, sino de un modelo mal diseñado. Lo que CGT ha combatido siempre es el sistema que permitía a una gran empresa descargar sobre el conjunto de la ciudadanía el precio de sus reestructuraciones.
Lo paga quien tiene que pagarlo, y se sigue aportando a lo común
El acuerdo de prejubilaciones Santander de 2026 corrige esa raíz. Al no ser un despido, no hay prestación por desempleo de por medio: la renta hasta la jubilación la paga íntegramente el banco, y es también el banco quien sufraga el convenio especial con la Seguridad Social. El coste lo asume quien promueve las salidas y puede permitírselo, no la caja común.
Quienes se acogen tampoco dejan de contribuir. Siguen cotizando a la Seguridad Social a través del convenio especial y siguen tributando por lo que perciben. Continúan sosteniendo lo público en lugar de descansar sobre ello.
La otra cara hay que contarla igual de claro: al ser un mutuo acuerdo, la salida no da derecho a paro, porque la ley no la considera situación legal de desempleo (art. 267 de la Ley General de la Seguridad Social). Quien se adhiera debe saberlo antes de firmar.
Lo que dijimos en 2013, lo firmamos en 2026
Desde la integración de Banesto en 2013, la plantilla del Santander ha vivido un proceso continuo de destrucción de empleo: la absorción del Popular, los ERE de 2019 y de 2020, miles de puestos suprimidos y cientos de oficinas cerradas. Frente a cada uno de aquellos expedientes, CGT sostuvo la misma posición: no a los despidos forzosos, y sí a que quien quiera irse pueda hacerlo de forma voluntaria y acordada, sin que el coste recaiga sobre lo público. Lo defendimos cuando era incómodo.
Trece años después, esa lógica se ha impuesto en la mesa. Las prejubilaciones Santander de 2026 son un acuerdo voluntario, sin despidos, con coste íntegro para el banco y garantizado colectivamente. Son la traducción exacta de lo que entonces nos decían que era imposible.
Prejubilaciones Santander: qué revisar antes de firmar
Que el acuerdo sea bueno no significa que la salida convenga a todo el mundo. Antes de pedirla o de aceptar una oferta, revisa esto:
- Tu salario pensionable. Es la base de todo el cálculo. Entran los conceptos pensionables del convenio y los que el banco haya reconocido expresamente como tales, más el trienio que cumplirías durante el año de la salida. Revisa la nómina concepto por concepto.
- La compensación no se revaloriza. Queda fija desde el primer día, salvo que un nuevo convenio de banca suba las tablas con efectos del año de tu salida.
- Tu pensión futura. Si te jubilas antes de la edad ordinaria, será una jubilación anticipada voluntaria, con sus requisitos y sus coeficientes reductores. Pide una simulación.
- Los impuestos. Según el análisis del gabinete jurídico, la compensación tributa en el IRPF como rendimiento del trabajo, sin la exención de las indemnizaciones por despido y sin la reducción del 30 %, porque se cobra en varios años. El reembolso del convenio especial también tributa.
- La incompatibilidad. Puedes trabajar después, por cuenta propia o ajena, siempre que no hagas la competencia al banco o al Grupo Santander. Si lo haces, pierdes la compensación y tienes que devolver lo cobrado desde ese momento.
- Todo por escrito. El documento individual, con importes, fechas y fin del convenio especial, antes de firmar. Una vez firmado, obliga a las dos partes.
La herramienta es el sindicato; la razón la puso la plantilla
Este resultado no es mérito de una sigla. Es de todas las personas que durante estos años aguantaron los recortes, sostuvieron la organización y no se creyeron que el despido forzoso fuera el único camino. CGT ha sido la herramienta; la fuerza la ha puesto la plantilla organizada.
Como sindicato firmante, formamos parte de la Comisión de Seguimiento. Desde ahí vigilaremos que el acuerdo se cumpla, que la voluntariedad sea real y que las salidas no sirvan para vaciar oficinas sin reponer plantilla. La información que el banco entregue a esa comisión es reservada por acuerdo, pero eso no impide resolver contigo cualquier duda sobre tu caso ni seguir peleando lo que aún queda por mejorar. Una victoria no es un punto final: es el terreno desde el que se pelea la siguiente.
El tiempo da y quita razones, y pone a cada uno en su sitio. Desde 2013 nos dijeron que estábamos equivocados; en 2026 se ha firmado lo que siempre defendimos.
¿Te afectan las prejubilaciones Santander de 2026? Si tienes entre 55 y 63 años, o los cumplirás antes de que acabe 2028, y llevas al menos 15 años en el banco, habla con la sección sindical de CGT en el Santander antes de firmar nada.
Preguntas frecuentes sobre las prejubilaciones Santander
¿Es un ERE?
No. Es un acuerdo de salidas voluntarias por mutuo acuerdo (art. 49.1.a ET). No hay número mínimo de salidas ni despidos si no se cubre.
¿Quién puede acogerse?
Quien tenga entre 55 y 63 años cumplidos a 31 de diciembre del año de la salida y al menos 15 años de antigüedad en el banco. El banco puede aceptar o rechazar cada solicitud.
¿Cuánto se cobra?
De 55 a 57 años, el 74 % del salario bruto anual pensionable o, si sale más, el 67 % más el 54 % del complemento voluntario personal. De 58 a 63 años, el 76 % o el 70 % más el 56 %. Además, el banco paga el convenio especial con la Seguridad Social.
¿Se cobra el paro?
No. La extinción por mutuo acuerdo no es situación legal de desempleo (art. 267 LGSS).
¿Hasta cuándo se puede pedir?
El acuerdo está vigente hasta el 31 de diciembre de 2028. Antes de esa fecha, la Comisión de Seguimiento puede valorar una prórroga.
Fuente: Acuerdo Colectivo de Salidas Anticipadas Voluntarias a partir de determinada edad en Banco Santander, S.A., de 22 de julio de 2026.