Tal como recordareis, nuestro Sindicato presentó demanda por Conflicto Colectivo contra la Empresa en mayo de 2022 por el famoso anónimo que apareció en nuestras mesas, implantando unilateralmente ciertas normas y restricciones en el uso de los ordenadores y correos electrónicos, que incluían además, la posibilidad de la empresa en poderlos espiar a su antojo. Ante esto, la Audiencia Nacional, falló a nuestro favor declarando la NULIDAD de lo indicado en el citado comunicado, que ya en su día os recomendamos no firmar. Pues bien, como suele ser habitual, puesto que la empresa ha perdido prácticamente todos los procesos judiciales que hemos emprendido, esta sentencia también fue recurrida por sus letrados y, ahora el Tribunal Supremo nos ha vuelto a dar la razón, ratificando íntegramente la sentencia obtenida en la A.N. y condenando a la empresa en el pago de las costas de 1.800 €.