“LA FORMACIÓN MIFID II SE RECONOCE COMO TIEMPO DE TRABAJO EFECTIVO”
FALLO SENTENCIA TRIBUNAL SUPREMO 297/2020, DE FECHA 7 DE MAYO: “…esta Sala ha decidido estimar el recurso de casación interpuesto por la Federación de Sindicatos de Banca de la Confederación General del Trabajo (FESIBAC-CGT) contra la sentencia de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional de fecha 1 de junio de 2018 (autos 363/2017), y, en consecuencia, casamos y anulamos la misma y, con estimación de la demanda, declaramos el derecho de los trabajadores del Banco de Sabadell que deben obtener el certificado EFPA, niveles EIA, EIP y EFA, en comercialización de productos de inversión y el certificado en asesoramiento financiero a que el tiempo de formación para su obtención se considere tiempo de trabajo efectivo con todas las consecuencias legales.”