Otra revolución que trae la nueva directiva europea de mercados es que las entidades no podrán incentivar a sus empleados para vender productos que beneficien al banco.
Una de las prácticas más añejas de la banca española, la de pagar un bonus a los empleados por colocar el producto que ‘toca’ en cada momento, está a punto de acabar. La nueva directiva europea de mercados, la conocida MiFID II, prohíbe ligar la venta de productos a la remuneración variable de los trabajadores de las entidades, así como penalizarles si no alcanzan unos mínimos. No obstante, hecha la ley, hecha la trampa: se podrá ligar a unos criterios «cualitativos», en los que los bancos pueden tener mucha discrecionalidad si la CNMV se lo permite.
Esta medida pretende evitar la venta masiva de productos que interesan a las entidades pero no necesariamente son adecuados para los clientes, mediante los incentivos a la red comercial. Esta práctica ha tenido nefastas consecuencias por todos conocidas en casos como las preferentes y subordinadas de las cajas, las acciones de la salida a bolsa de Bankia, los Valores Santander o los convertibles del Popular, entre otros. De hecho, la citada directiva también da potestad a la CNMV para prohibir directamente la comercialización de un producto si lo considera inapropiado para los minoristas.