LA ETERNA DISCRIMINACIÓN EN LOS TRABAJOS DE IGUAL VALOR
La justicia europea falla que la igualdad retributiva no solo afecta a empleos idénticos, sino a los comparables.
La discriminación salarial entre hombres y mujeres está prohibida, ya realicen el “mismo trabajo” o un “trabajo de igual valor”. Así lo ha recalcado el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en una reciente sentencia, la cual hace referencia a empleos que se pueden comparar, aunque no son exactamente iguales. En concreto, la corte ha respondido a un tribunal del Reino Unido que elevó una pregunta sobre la aplicación directa del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, que consagra el principio de igualdad de retribución. Y ello en el litigio que ha enfrentado a unos 6.000 trabajadores de la famosa cadena británica de supermercados Tesco con la propia empresa.
Tanto las entrevistas grupales como el cuestionario para la plantilla formarán parte del Diagnóstico de Igualdad de la empresa, que sirve para evaluar la situación en la compañía y es un requisito previo para la elaboración de un Plan de Igualdad. Con esta información de carácter cualitativo se complementará la información cuantitativa entregada por la empresa, para evaluar la situación actual en AtoS Spain.