Una sentencia considera que las empresas no están obligadas a sufragar los gastos asociados al teletrabajo durante la primera ola, previa a la nueva ley sobre el tema.
Los gastos asociados al teletrabajo que se produjeron durante la primera ola de la pandemia deberán ser sufragados por los empleados. Así lo indica una sentencia de la Audiencia Nacional, que considera que la obligación por parte de la empresa solo tiene efecto desde la entrada en vigor de la Ley de Teletrabajo que el Gobierno aprobó en octubre.
En el nuevo ordenador portátil que AtoS Spain proporciona al personal no hay suficientes puertos USB para conectar los mismos periféricos que se utilizaban con el anterior modelo de portátil y que son esenciales para el trabajo (pantalla, ratón, auriculares, teclado), y tampoco hay cable para conectar un monitor.