La entidad obligaba a los trabajadores a informar de sus actividades profesionales con entidades no competidoras
a Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha anulado el apartado 4.3.1 del Código de Conducta del Banco Santander, el cual obligaba a toda la plantilla a comunicar a la empresa si desarrolla otras actividades profesionales por cuenta propia o ajena con entidades no competidoras, al entender la Sala que dicha directriz supone una intromisión en el derecho a la intimidad de los empleados, una vulneración que no puede justificarse por el interés empresarial de la entidad bancaria.