Otra vez más Capgemini ha sido denunciada por esta sección sindical por incumplir el punto 2.1 apartado 4 del acuerdo del plan de Transformación firmado en el 2015 que dice lo siguiente:
2.1.- COMPENSACIÓN Y ABSORCION SALARIAL.
“La Empresa no podrá compensar y absorber el incremento salarial aplicable al «Complemento de Antigüedad» (XVI Convenio Colectivo Estatal de Empresas de Consultoría y Estudios de Mercado y de la Opinión Pública). No obstante, excepcionalmente y por una sola vez, la Empresa podrá compensar y absorber los incrementos del «Complemento de Antigüedad” de la Mejora Voluntaria (o del Complemento Compensable en el caso de trabajadores que no perciban Mejora Voluntaria) que tengan lugar durante el periodo comprendido entre el 31 de diciembre de 2015 y el 31 de diciembre 2018.”