Se pronuncia sobre un precepto concreto del convenio colectivo estatal de las Empresas de Trabajo Temporal, pero cuya interpretación resulta extrapolable al Estatuto de los Trabajadores
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha sentenciado que el permiso retribuido por matrimonio de 15 días al que tienen derecho todos los trabajadores debe comenzar el primer día laborable siguiente a la celebración de la boda y no el día en el que se produce, cuando se celebre en día no laborable para el trabajador.